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Cómo comprar

Cómo comprar una propiedad en la República Dominicana

Siete pasos, desde elegir la propiedad hasta tener el título a su nombre.

Los extranjeros pueden ser propietarios de inmuebles en la República Dominicana, terrenos incluidos, a su nombre o a través de una sociedad: la ley les reconoce los mismos derechos que a los dominicanos, salvo las excepciones que establece. Base legal: Constitución de la República (2024), art. 25; Ley 16-95 sobre Inversión Extranjera, arts. 3 b y 6; Reglamento General de Registro de Títulos (Res. 788-2022).

7
pasos de la elección al título
3 %
de impuesto de transferencia, una sola vez
30
días hábiles para la inscripción

ProtegidoEl Estado protege el derecho registrado

Paso 1 de 7

Elegir la propiedad

Usted elige la propiedad. Solo su titular registral puede venderla, y el Certificado de Título que expide el Estado acredita quién es.

  1. Usted elige una propiedad
  2. El título indica quién es el titular
  3. Solo el titular puede vender

Un derecho registrado es imprescriptible: no se pierde con el paso del tiempo.

Documentos y participantes

Documentos

  • el título de propiedad que expide el EstadoCertificado de Título
  • la designación catastral de la parcela, que la identifica en el catastro dominicanoDesignación catastral

Quién interviene

El comprador · El vendedor, titular registral · El agente inmobiliario

Sin viajarPuede comprar mediante un poder

Paso 2 de 7

Contratar a un abogado inmobiliario

Su abogado estudia el historial de la propiedad y prepara la compra; un notario da fe del acto de venta.

  1. Su abogado revisa el historial
  2. Un notario da fe del acto
  3. Puede firmar mediante un poder

Un poder otorgado ante notario en España es válido con la apostilla de La Haya, y al estar en español no necesita traducción; también puede otorgarse ante un cónsul dominicano.

Documentos y participantes

Documentos

  • el poder, si no va a asistir en personaPoder de representación

Quién interviene

El comprador · El abogado · El notario, abogado con al menos cinco años de ejercicio · Un cónsul dominicano o un notario extranjero, para el poder

30días hábiles para la respuesta del Registro

Paso 3 de 7

Revisión previa

Antes de firmar, su abogado obtiene la certificación oficial del Registro de Títulos: quién es el titular, si el título está vigente y qué cargas constan sobre el inmueble.

  1. Su abogado la solicita
  2. El Registro de Títulos
  3. Una certificación: titular y cargas

La certificación cuesta 1000 RD$ según la tarifa del Registro, que ofrece además un servicio exprés.

Documentos y participantes

Documentos

  • la certificación del Registro sobre la situación jurídica del inmuebleCertificación del Estado Jurídico del Inmueble
  • el título de propiedadCertificado de Título
  • el plano catastral aprobado de la parcelaPlano catastral
  • el justificante de que el impuesto anual sobre el inmueble está pagadoCertificación de IPI

Quién interviene

Su abogado · El Registro de Títulos · La administración tributaria (DGII) · El agrimensor

1,5 M RD$Por encima de esta cifra, nunca se paga en efectivo

Paso 4 de 7

Firmar el contrato de compraventa

El precio, la señal y los plazos se fijan en el contrato de compraventa, en español y ante notario.

  1. Comprador y vendedor se ponen de acuerdo
  2. Se firma ante notario, en español
  3. Importes altos: transferencia, cheque o tarjeta

Las compras de mayor importe se pagan por transferencia, cheque o tarjeta, y el medio de pago se hace constar en el acto de venta.

Documentos y participantes

Documentos

  • el contrato o la promesa de ventaContrato de compraventa
  • el acto de venta ante notario (equivalente a la escritura de compraventa)Acto de venta
  • el justificante del pagoConstancia de pago

Quién interviene

El comprador · El vendedor · El notario · Dos testigos bilingües, si una de las partes no habla español

15días hábiles de reserva de prioridad a favor de su compra

Paso 5 de 7

Transmisión de la propiedad

La propiedad pasa a ser suya cuando la transferencia se inscribe en el Registro de Títulos. El acto se presenta en persona, a distancia o por internet.

  1. El acto de venta
  2. Se presenta en el Registro de Títulos
  3. La propiedad pasa a ser suya

Una certificación con reserva de prioridad asegura el rango registral del inmueble a favor de su compra mientras esta se completa.

Documentos y participantes

Documentos

  • el acto de ventaActo de venta
  • el duplicado del título en poder del vendedorDuplicado del Certificado de Título
  • el recibo del impuesto de transferenciaRecibo del impuesto de transferencia
  • para extranjeros: el pasaporte y un documento nacional de identidadPasaporte

Quién interviene

El comprador · El vendedor · El notario · La administración tributaria (DGII) · El Registrador de Títulos

3 %Del valor del inmueble, una sola vez, en un plazo de seis meses

Paso 6 de 7

Gastos e impuestos de cierre

El comprador paga una sola vez el impuesto de transferencia y, al inscribir, unas pequeñas tasas fijas; el notario y el abogado se pagan aparte.

  1. Paga el comprador
  2. 3 % de impuesto de transferencia, a la DGII
  3. Pequeñas tasas fijas al inscribir

Después, las personas físicas pagan un 1 % anual, solo sobre el valor que supere 10.695.494 RD$ (2026).

Documentos y participantes

Documentos

  • la autorización de pago de la DGIIAutorización de pago
  • el recibo del impuesto de transferenciaRecibo de pago
  • los recibos de las tasas de inscripciónRecibos de tasas registrales

Quién interviene

El comprador · La administración tributaria (DGII) · El Registro Inmobiliario · El Banco de Reservas, donde se pagan las tasas

30días hábiles para la resolución del Registro

Paso 7 de 7

Recibir el título

El Registro expide un nuevo Certificado de Título a su nombre, en papel o en formato digital, y el anterior queda cancelado.

  1. El Registro resuelve
  2. Un título nuevo, en papel o digital
  3. A su nombre

Desde ese momento, su derecho está protegido por el Estado.

Documentos y participantes

Documentos

  • el nuevo título a su nombreCertificado de Título
  • su duplicado del títuloDuplicado del Certificado de Título
  • la certificación del estado jurídico, que confirma al nuevo titularCertificación del Estado Jurídico del Inmueble

Quién interviene

El Registro de Títulos · El Registrador de Títulos · Usted o su apoderado

Le acompañamos desde la primera consulta hasta el cierre

Ayudamos a los compradores a encontrar oportunidades, organizamos la revisión previa con abogados dominicanos de confianza y seguimos de cerca cada paso de la compra.

Información general sobre el derecho dominicano, no asesoramiento jurídico. Su abogado dominicano le confirmará lo que se aplica a su compra. Contrastado con fuentes oficiales el 11 de octubre de 2026.